+Artículo 45 ter 2.

Artículo 45 ter 2.

Las declaraciones electrónicas cualificadas de atributos y las declaraciones de atributos expedidas por, o en nombre de, un organismo del sector público responsable de una fuente auténtica tendrán los mismos efectos jurídicos que las declaraciones lícitamente expedidas en papel.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito