+Artículo 45 ter 3.
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Artículo 45 ter 3.
Una declaración de atributos expedida por, o en nombre de, un organismo del sector público responsable de una fuente auténtica en un Estado miembro será reconocida en todos los Estados miembros como declaración de atributos expedida por, o en nombre de, un organismo del sector público responsable de una fuente auténtica.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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