+Artículo 45 ter 3.

Artículo 45 ter 3.

Una declaración de atributos expedida por, o en nombre de, un organismo del sector público responsable de una fuente auténtica en un Estado miembro será reconocida en todos los Estados miembros como declaración de atributos expedida por, o en nombre de, un organismo del sector público responsable de una fuente auténtica.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito