+Artículo 45 undecies 1.

Artículo 45 undecies 1.

Los servicios cualificados de archivo electrónico cumplirán los requisitos siguientes:

a) 

ser prestados por prestadores cualificados de servicios de confianza;

b) 

utilizar procedimientos y tecnologías capaces de asegurar la durabilidad y legibilidad de los datos y documentos electrónicos más allá del período de validez tecnológica y, al menos, durante el período de conservación legal o contractual, manteniendo al mismo tiempo su integridad y la exactitud de su origen;

c) 

garantizar que dichos datos y documentos electrónicos se conserven de tal manera que queden protegidos contra su pérdida o alteración, excepto en el caso de los cambios relativos a su soporte o formato electrónico;

d) 

permitir que las partes usuarias autorizadas reciban de forma automatizada un informe que confirme que los datos o documentos electrónicos recuperados de un archivo electrónico cualificado gozan de la presunción de integridad desde el inicio del período de conservación hasta el momento de su recuperación.

El informe a que se refiere el párrafo primero, letra d), se proporcionará de manera fiable y eficiente e incluirá la firma electrónica cualificada o el sello electrónico cualificado del prestador del servicio cualificado de archivo electrónico.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito