+Artículo 48 bis 2.

Artículo 48 bis 2.

Las estadísticas recopiladas de conformidad con el apartado 1 incluirán los siguientes elementos:

a) 

el número de personas físicas y jurídicas poseedoras de una cartera europea de identidad digital válida;

b) 

el tipo y cantidad de servicios que aceptan el uso de la cartera europea de identidad digital;

c) 

la cantidad de reclamaciones de usuarios e incidencias de protección de los consumidores o de protección de datos relacionadas con las partes usuarias y los servicios de confianza cualificados;

d) 

un informe resumido que incluya datos sobre las incidencias que impidan utilizar la cartera europea de identidad digital;

e) 

un resumen de las incidencias de seguridad importantes, de las violaciones de la seguridad de los datos y de los usuarios de carteras europeas de identidad digital o de servicios de confianza cualificados que hayan resultado afectados.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito