+Artículo 49 3.

Artículo 49 3.

A más tardar el 21 de mayo de 2030, la Comisión presentará un informe al Parlamento Europeo y al Consejo sobre la marcha hacia el logro de los objetivos del presente Reglamento.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito