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+Artículo 11 2 |
Artículo 11 22. Cuando los Estados miembros expidan a un nacional de un tercer país una autorización para fines de trabajo de temporada, también le facilitarán información por escrito acerca de sus derechos y obligaciones en virtud de la presente Directiva, incluidos los procedimientos de denuncia. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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