+Artículo 12 8

Artículo 12 8

8.   La expedición de un visado para estancia de larga duración con arreglo al apartado 2, párrafo primero, letra a), no afectará a la posibilidad para los Estados miembros de expedir una autorización previa para trabajar en el Estado miembro de que se trate.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito