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+Artículo 26 2 |
Artículo 26 22. Las estadísticas mencionadas en el apartado 1 versarán sobre períodos de referencia de un año civil y serán comunicadas a la Comisión en el plazo de seis meses a partir de la finalización del año de referencia. El primer año de referencia será 2017. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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