+Artículo 7 2.

Artículo 7 2.

Todo FMM que sea un OICVM y el gestor del FMM deberán cumplir en todo momento los requisitos de la Directiva 2009/65/CE, salvo que se especifique lo contrario en el presente Reglamento.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito