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+Artículo 7 2. |
Artículo 7 2.Todo FMM que sea un OICVM y el gestor del FMM deberán cumplir en todo momento los requisitos de la Directiva 2009/65/CE, salvo que se especifique lo contrario en el presente Reglamento.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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