+Artículo 36 3.

Artículo 36 3.

Todo documento del FMM utilizado con fines de comercialización incluirá de manera visible declaraciones en las que se señale lo siguiente:

a) 

que el FMM no constituye una inversión garantizada;

b) 

que una inversión en un FMM es distinta de una inversión en depósitos, mencionando en particular el riesgo de fluctuación del principal invertido en un FMM;

c) 

que el FMM no depende del apoyo externo para garantizar su liquidez o estabilizar el valor liquidativo por acción o participación;

d) 

que el riesgo de pérdida del principal deberá ser soportado por el inversor.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito