+Artículo 36 Transparencia
---+Artículo 36 1.
---+Artículo 36 2.
---+Artículo 36 3.
---+Artículo 36 4.
---+Artículo 36 5.

Artículo 36 Transparencia

1. Resumen

,
Título Regulación
Artículo 36 1.
Los FMM indicarán claramente a qué tipo de FMM pertenecen según el artículo 3, apartado 1, y si son FMM a corto plazo o FMM estándar en cualesquiera documentos externos, informes, declaraciones, anuncios publicitarios, cartas u otros testimonios escritos emitidos por el FMM o su gestor y dirigidos a los posibles inversores, partícipes o accionistas, o destinados a serles distribuidos.
Artículo 36 2.

El gestor de un FMM pondrá a disposición de los inversores del FMM, al menos semanalmente, toda la información siguiente:

a) 

desglose por vencimiento de la cartera del FMM:

b) 

el perfil crediticio del FMM;

c) 

el vencimiento medio ponderado y la vida media ponderada del FMM;

d) 

información detallada sobre las diez mayores tenencias del FMM, incluidos el nombre, el país, la madurez y el tipo de activo, y la contraparte en caso de pactos de recompra y de recompra inversa;

e) 

el valor total de los activos del FMM;

f) 

el rendimiento neto del FMM.

Artículo 36 3.

Todo documento del FMM utilizado con fines de comercialización incluirá de manera visible declaraciones en las que se señale lo siguiente:

a) 

que el FMM no constituye una inversión garantizada;

b) 

que una inversión en un FMM es distinta de una inversión en depósitos, mencionando en particular el riesgo de fluctuación del principal invertido en un FMM;

c) 

que el FMM no depende del apoyo externo para garantizar su liquidez o estabilizar el valor liquidativo por acción o participación;

d) 

que el riesgo de pérdida del principal deberá ser soportado por el inversor.

Artículo 36 4.
Ninguna comunicación del FMM o del gestor de un FMM a los inversores o inversores potenciales dará a entender en modo alguno que la inversión en participaciones o acciones del FMM está garantizada.
Artículo 36 5.
Los inversores de un FMM deberán ser informados con claridad del método o métodos aplicados por este para valorar los activos del FMM y calcular el valor liquidativo.

Los FMM de valor liquidativo constante de deuda pública y los FMM de valor liquidativo de baja volatilidad tendrán la obligación de explicar con claridad a los inversores e inversores potenciales la aplicación del método del coste amortizado o del redondeo o de ambos.

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito