|
+Artículo 42 2. |
Artículo 42 2.Las facultades que las Directivas 2009/65/CE y 2011/61/UE confieren a la AEVM habrán de ejercerse asimismo respecto del presente Reglamento y de conformidad con el Reglamento (CE) n.o 45/2001.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
|