+Artículo 11 6

Artículo 11 6

6.   La póliza de seguro a que se refiere el apartado 2, letra b), tendrá, como mínimo, todas las características siguientes:

a)

un período inicial no inferior a un año;

b)

un período mínimo de preaviso de 90 días para su cancelación;

c)

que se haya concertado con una empresa que esté autorizada para prestar el servicio de seguro, de conformidad con el Derecho de la Unión o con el Derecho nacional;

d)

que el prestador del seguro sea un tercero.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito