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+Artículo 15 1 |
Artículo 15 11. Los proveedores de servicios de financiación participativa prestarán sus servicios bajo la supervisión de las autoridades competentes que hayan concedido la autorización. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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