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+Artículo 19 3 |
Artículo 19 33. Los proveedores de servicios de financiación participativa informarán a sus clientes sobre el período de reflexión para inversores no experimentados a que se refiere el artículo 22. Siempre que se haga una oferta de financiación participativa, el proveedor de servicios de financiación participativa facilitará dicha información en un lugar destacado del soporte, también en las aplicaciones móviles y páginas web en que se haga dicha oferta. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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