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+Artículo 19 4 |
Artículo 19 44. Toda la información que se facilite de conformidad con el apartado 1 se comunicará a los clientes cuando proceda, al menos antes de proceder a la operación de financiación participativa. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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