+Artículo 21 2

Artículo 21 2

2.   A efectos de la evaluación a que se refiere el apartado 1, los proveedores de servicios de financiación participativa solicitarán información sobre la experiencia, los objetivos de inversión, la situación financiera y la comprensión básica de los riesgos que conlleva invertir en general e invertir en los tipos de inversión ofrecidos en la plataforma de financiación participativa con que cuenta el inversor no experimentado potencial, incluida información sobre:

a)

las inversiones anteriores en valores negociables o las adquisiciones pasadas de instrumentos admitidos con fines de financiación participativa o los préstamos del inversor no experimentado potencial, incluso en empresas en fase inicial o de expansión;

b)

la comprensión por parte del inversor no experimentado potencial de los riesgos que conlleva la concesión de préstamos, o la inversión en valores negociables o la adquisición de instrumentos admitidos con fines de financiación participativa a través de una plataforma de financiación participativa, así como la experiencia profesional pertinente para las inversiones de financiación participativa.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito