+Artículo 25 3

Artículo 25 3

3.   Los proveedores de servicios de financiación participativa que autoricen el anuncio de interés mencionado en el apartado 1 del presente artículo deberán cumplir los requisitos siguientes:

a)

informarán a sus clientes sobre la naturaleza del tablón de anuncios de conformidad con los apartados 1 y 2;

b)

exigirán a sus clientes que anuncien la venta de un préstamo, un valor o un instrumento mencionado en el apartado 1 que pongan a disposición una ficha de datos fundamentales de la inversión;

c)

informarán a los clientes que tengan la intención de comprar préstamos anunciados en el tablón de anuncios sobre el rendimiento de los préstamos facilitados por el proveedor de servicios de financiación participativa;

d)

deberán asegurarse de que los clientes que anuncien su interés en comprar un préstamo, un valor o un instrumento mencionado en el apartado 1 del presente artículo y que cumplan las condiciones para ser considerados inversores no experimentados reciban la información a que se refiere el artículo 19, apartado 2, y reciban la advertencia de riesgo a que se refiere el artículo 21, apartado 4.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito