+Artículo 13 3.
|
Artículo 13 3.
Las autoridades competentes deberán también intercambiar información sobre los distribuidores de seguros o de reaseguros que hayan sido objeto de una sanción o de otra medida contemplada en el capítulo VII que pueda conducir a la exclusión del registro de dichos distribuidores.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
|