+Artículo 24 4.

Artículo 24 4.

La AESPJ podrá elaborar directrices para la evaluación y supervisión de las prácticas de venta cruzada, señalando las situaciones en las que las prácticas de venta cruzada no sean conformes con lo dispuesto en el artículo 17.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito