+Artículo 36 Transmisión de información sobre sanciones y sobre otras medidas a la AESPJ
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Artículo 36 Transmisión de información sobre sanciones y sobre otras medidas a la AESPJ

1. Resumen

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Título Regulación
Artículo 36 1.
Las autoridades competentes informarán a la AESPJ de todas las sanciones administrativas y otras medidas impuestas pero no publicadas de acuerdo con el artículo 32, apartado 1.
Artículo 36 2.

Las autoridades competentes facilitarán cada año a la AESPJ información agregada relativa a las sanciones administrativas y otras medidas impuestas de conformidad con el artículo 31.

La AESPJ publicará dicha información en un informe anual.

Artículo 36 3.
Cuando la autoridad competente haya divulgado públicamente una sanción administrativa u otra medida, notificará simultáneamente ese hecho a la AESPJ.

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito