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+Artículo 36 2. |
Artículo 36 2.Las autoridades competentes facilitarán cada año a la AESPJ información agregada relativa a las sanciones administrativas y otras medidas impuestas de conformidad con el artículo 31. La AESPJ publicará dicha información en un informe anual. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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