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+Artículo 4 4. |
Artículo 4 4.La Secretaría será responsable del trabajo diario de la JERS. Prestará apoyo analítico, estadístico, administrativo y logístico de alta calidad a la JERS, bajo la dirección del Presidente y del Comité Director, conforme a lo dispuesto en el Reglamento (UE) no 1096/2010 del Consejo (
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). Recurrirá asimismo al asesoramiento técnico de las AES, de los bancos centrales nacionales y de los supervisores nacionales.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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