+Artículo 5 6.

Artículo 5 6.

Los Vicepresidentes, por orden jerárquico, presidirán las reuniones de la Junta General y/o del Comité Director cuando el Presidente no le sea posible participar en ellas.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito