+Artículo 16 4.

Artículo 16 4.

A fin de aumentar la conciencia de los riesgos en la economía de la Unión y de clasificarlos por orden de gravedad, la JERS, en estrecha cooperación con las otras partes en el SESF, elaborará un sistema de códigos de colores que corresponda a las situaciones de diferentes niveles de riesgo.

Una vez se hayan elaborado los criterios para dicha clasificación, los avisos y recomendaciones de la JERS indicarán, caso por caso, y si procede, la categoría a que pertenece el riesgo.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito