+Artículo 10 Procedimientos extrajudiciales de reclamación y recurso
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Artículo 10 Procedimientos extrajudiciales de reclamación y recurso

1. Resumen

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Título Regulación
Artículo 10 1.
Los Estados miembros establecerán procedimientos extrajudiciales de reclamación y recurso adecuados y eficaces con vistas a la resolución de litigios que atañan a los derechos y obligaciones derivados de lo dispuesto en el presente Reglamento entre los usuarios de servicios de pago y sus proveedores de dichos servicios. A tal efecto, los Estados miembros designarán a los organismos responsables.
Artículo 10 2.
Los Estados miembros notificarán a la Comisión sin demora toda variación con respecto a los organismos que le hubieran notificado de conformidad con el artículo 11, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 924/2009.
Artículo 10 3.
Los Estados miembros podrán acordar que el presente artículo se aplique exclusivamente a los usuarios de servicios de pago que sean consumidores o microempresas. En ese caso, los Estados miembros informarán de ello a la Comisión.

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito