+Artículo 12 3.

Artículo 12 3.

Los emisores de bonos verdes europeos podrán solicitar una verificación a cargo de un verificador externo del informe de impacto. Dicha verificación del informe de impacto contendrá los elementos siguientes:

a) 

una evaluación de si la emisión del bono se ajusta a la estrategia medioambiental global del emisor;

b) 

una evaluación del impacto medioambiental indicado de los ingresos de los bonos;

c) 

los elementos que figuran en el anexo IV.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito