+Artículo 12 Informe de impacto de los bonos verdes europeos
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Artículo 12 Informe de impacto de los bonos verdes europeos
1. Resumen
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Regulación |
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Artículo 12 1.
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Los emisores de bonos verdes europeos, tras la asignación completa de los ingresos de dichos bonos y al menos una vez durante el período de vida de esos bonos, elaborarán y publicarán un informe de impacto de los bonos verdes europeos relativo al impacto medioambiental del uso de los ingresos de los bonos utilizando el modelo establecido en el anexo III.
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Artículo 12 2.
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El informe de impacto de los bonos verdes europeos podrá referirse a más de una emisión de bonos verdes europeos.
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Artículo 12 3.
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Los emisores de bonos verdes europeos podrán solicitar una verificación a cargo de un verificador externo del informe de impacto. Dicha verificación del informe de impacto contendrá los elementos siguientes:
a)
una evaluación de si la emisión del bono se ajusta a la estrategia medioambiental global del emisor;
b)
una evaluación del impacto medioambiental indicado de los ingresos de los bonos;
c)
los elementos que figuran en el anexo IV.
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1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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