+Artículo 14 2.

Artículo 14 2.

Como excepción a lo dispuesto en el apartado 1, la designación «bono verde europeo» o «BVEu» podrá utilizarse para los bonos a los que se aplica el artículo 1, apartado 2, letras b) y d), del Reglamento (UE) 2017/1129.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito