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Artículo 37 Referencias a la AEVM u otras autoridades competentesArtículo 37 Referencias a la AEVM u otras autoridades competentes En sus verificaciones, los verificadores externos no se referirán a la AEVM ni a ninguna autoridad competente de manera tal que pueda indicarse o sugerirse que la AEVM o cualquier autoridad competente aprueba o valida dicha verificación o cualquier actividad de evaluación del verificador externo. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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