+Artículo 37 Referencias a la AEVM u otras autoridades competentes

Artículo 37 Referencias a la AEVM u otras autoridades competentes

Artículo 37

Referencias a la AEVM u otras autoridades competentes

En sus verificaciones, los verificadores externos no se referirán a la AEVM ni a ninguna autoridad competente de manera tal que pueda indicarse o sugerirse que la AEVM o cualquier autoridad competente aprueba o valida dicha verificación o cualquier actividad de evaluación del verificador externo.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito