+Artículo 62 1.

Artículo 62 1.

La AEVM divulgará públicamente todas las multas y multas coercitivas que se impongan de conformidad con los artículos 60 y 61, a menos que dicha divulgación pública ponga en grave riesgo los mercados financieros o cause un perjuicio desproporcionado a las partes implicadas. Dicha divulgación no contendrá los datos personales en el sentido del Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo ( 4 ).

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito