+Artículo 6 2

Artículo 6 2

2.   La solicitud de autorización contemplada en el apartado 1 deberá incluir toda la información enumerada en el anexo I del presente Reglamento y se presentará en cualquiera de las lenguas oficiales de la Unión. El Reglamento n.o 1 (37) del Consejo se aplicará mutatis mutandis a cualquier otra comunicación entre la AEVM y los proveedores de calificaciones ASG y su personal.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito