+Artículo 7 4

Artículo 7 4

4.   La AEVM podrá ampliar el plazo a que se refiere el apartado 3 del presente artículo a ciento veinte días hábiles, en particular cuando el solicitante:

a)

tenga previsto validar calificaciones ASG a que se refiere el artículo 11;

b)

tenga previsto recurrir a la externalización, o

c)

solicite una exención del cumplimiento de conformidad con el artículo 22.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito