+Artículo 14 4
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Artículo 14 4
4. Dicha información cumplirá los requisitos siguientes:
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a)
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se presentará en un formato que permita extraer los datos, tal como se define en el artículo 2, punto 3, del Reglamento (UE) 2023/2859 o, cuando así lo exija el Derecho de la Unión, en un formato legible por máquina, tal como se define en el artículo 2, punto 4, del Reglamento (UE) 2023/2859;
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b)
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irá acompañada de los metadatos siguientes:
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i)
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una razón social completa y, en su caso, el nombre utilizado con fines de comercialización y la abreviatura del nombre del proveedor de calificaciones ASG al que se refiere dicha información,
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ii)
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cuando se conozca, el identificador de entidad jurídica del proveedor de calificaciones ASG, tal como se especifica en virtud del artículo 7, apartado 4, letra b), del Reglamento (UE) 2023/2859,
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iii)
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el tipo de información, clasificada en virtud del artículo 7, apartado 4, del Reglamento (UE) 2023/2859,
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iv)
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el tamaño del proveedor de calificaciones ASG, tal como se especifica en virtud del artículo 7, apartado 4, letra d), del Reglamento (UE) 2023/2859,
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v)
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una indicación de si la información contiene datos personales.
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1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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