+Artículo 16 2

Artículo 16 2

2.   Como excepción a lo dispuesto en el apartado 1, un proveedor de calificaciones ASG podrá llevar a cabo las actividades a que se refiere el apartado 1, letra d) o f), siempre que adopte, además de las medidas a que se refieren los artículos 25 y 26, medidas específicas para:

a)

garantizar que cada actividad se ejerza de manera autónoma;

b)

evitar la creación de riesgos potenciales de conflictos de intereses en la toma de decisiones en el marco de sus actividades de calificación ASG;

c)

garantizar que aquellos empleados que intervengan directamente en el proceso de evaluación de un elemento calificado no efectúen ninguna de las actividades a que se refiere el apartado 1, letra d) o f).

Al aplicar estas medidas, el proveedor de calificaciones ASG también tendrá en cuenta, en su caso, las actividades del grupo al que pertenezca.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito