+Artículo 20 Preocupaciones motivadas
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Artículo 20 Preocupaciones motivadas

1. Resumen

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Título Regulación
Artículo 20 1

1.   Los proveedores de calificaciones ASG dispondrán de procedimientos para recibir preocupaciones motivadas de las partes interesadas, que deberán indicar sus nombres y su cargo.

Artículo 20 2

2.   Los proveedores de calificaciones ASG, con excepción de los pequeños proveedores de calificaciones ASG en el sentido del artículo 5, apartado 1, del presente Reglamento, procurarán responder a las preocupaciones motivadas en un plazo de treinta días hábiles desde su recepción.

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito