+Artículo 25 3

Artículo 25 3

3.   Cuando exista un riesgo de conflicto de intereses en el seno de un proveedor de calificaciones ASG debido a la estructura de propiedad, las participaciones de control o las actividades de dicho proveedor de calificaciones ASG, de cualquier entidad que tenga la propiedad o el control del proveedor de calificaciones ASG, de una entidad que sea propiedad del proveedor de calificaciones ASG o esté bajo su control, o de cualquiera de sus empresas asociadas o proveedores terceros, la AEVM adoptará las medidas oportunas. La AEVM podrá requerir que el proveedor de calificaciones ASG adopte medidas para reducir ese riesgo.

Cuando un conflicto de intereses a que se refiere el párrafo primero no se gestione de forma adecuada mediante las medidas específicas de reducción de riesgos a que se refiere el párrafo primero, la AEVM requerirá que el proveedor de calificaciones ASG resuelva el conflicto de intereses. En caso necesario, la AEVM podrá requerir que el proveedor de calificaciones ASG ponga fin a las actividades o relaciones que creen el conflicto de intereses, o que deje de emitir calificaciones ASG.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito