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+Artículo 52 1 |
Artículo 52 11. La Comisión evaluará la aplicación del presente Reglamento a más tardar el 2 de enero de 2029. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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