+Artículo 17 3.

Artículo 17 3.

Cuando la Autoridad obtenga la información solicitada en virtud del apartado 1, la pondrá a disposición del supervisor financiero de que se trate.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito