+Artículo 39 2.

Artículo 39 2.

La Autoridad y las UIF estarán sometidas a un deber de cooperación leal, también en lo que respecta a los análisis conjuntos apoyados o iniciados por la Autoridad, y a la obligación de intercambiar la información necesaria para el desempeño de sus respectivas funciones.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito