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Artículo 47 1.
La Autoridad garantizará el alojamiento adecuado, ininterrumpido y seguro de FIU.net, así como su gestión, mantenimiento y desarrollo. Teniendo en cuenta las necesidades de las UIF, la Autoridad velará por que se utilice en relación con FIU.net la tecnología disponible más avanzada y segura, sobre la base de un análisis de costes y beneficios.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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