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+Artículo 59 2. |
Artículo 59 2.Ni los Estados miembros, ni las instituciones, órganos u organismos de la Unión, ni ningún otro organismo público o privado tratarán de ejercer su influencia sobre los miembros del Consejo General en el ejercicio de sus funciones.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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