+Artículo 62 1.

Artículo 62 1.

El presidente de la Autoridad convocará las reuniones del Consejo General.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito