+Artículo 62 4.

Artículo 62 4.

Los miembros del Consejo General y sus suplentes podrán estar asistidos en las reuniones por asesores o expertos, con arreglo a lo que disponga su reglamento interno.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito