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+Artículo 79 2. |
Artículo 79 2.El director ejecutivo remitirá anualmente a la autoridad presupuestaria toda la información pertinente sobre las conclusiones de los procedimientos de evaluación.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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