+Artículo 83 1.
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Artículo 83 1.
La Autoridad establecerá una gobernanza informática interna a nivel del director ejecutivo, que elaborará y gestionará el presupuesto informático y garantizará la presentación periódica de informes al Comité Ejecutivo sobre el cumplimiento de las normas y estándares de seguridad informática aplicables.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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