+Artículo 83 3.

Artículo 83 3.

Se establecerá un servicio adecuado de seguimiento, detección y respuesta en materia de seguridad informática, utilizando los servicios del CERT-UE. Los incidentes graves se notificarán al CERT-UE y a la Comisión en un plazo de veinticuatro horas a partir de su detección.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito