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+Artículo 83 3. |
Artículo 83 3.Se establecerá un servicio adecuado de seguimiento, detección y respuesta en materia de seguridad informática, utilizando los servicios del CERT-UE. Los incidentes graves se notificarán al CERT-UE y a la Comisión en un plazo de veinticuatro horas a partir de su detección.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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