+Artículo 97 1.

Artículo 97 1.

El Reglamento n.o 1 del Consejo será aplicable a la Autoridad.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito