+Artículo 101 2.

Artículo 101 2.

El Estado miembro en el que se ubique la sede ofrecerá las mejores condiciones posibles para garantizar el adecuado funcionamiento de la Autoridad, incluida una escolarización multilingüe y de vocación europea, así como conexiones de transporte adecuadas.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito