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+Artículo 101 2. |
Artículo 101 2.El Estado miembro en el que se ubique la sede ofrecerá las mejores condiciones posibles para garantizar el adecuado funcionamiento de la Autoridad, incluida una escolarización multilingüe y de vocación europea, así como conexiones de transporte adecuadas.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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