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+Artículo 25 Normas armonizadas y especificaciones técnicas para otros actos de la Unión |
Artículo 25 Normas armonizadas y especificaciones técnicas para otros actos de la UniónArtículo 25 Normas armonizadas y especificaciones técnicas para otros actos de la Unión La conformidad con las normas armonizadas y especificaciones técnicas adoptadas con arreglo al artículo 15, o parte de ellas, conllevará la presunción de conformidad con el artículo 24 en la medida en que dichas normas y especificaciones técnicas, o parte de ellas, se ajusten a los requisitos de accesibilidad establecidos en la presente Directiva. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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